Cada año, dentro de los ciento veinte (120) días después del cierre del año fiscal, el Fideicomiso presentará un informe al Gobernador, así como a las Secretarías de ambos Cuerpos Legislativos.
(a) Dicho informe deberá incluir lo siguiente:(a) Un estado financiero auditado por contadores públicos autorizados reconocidos, y un informe completo de las actividades del Fideicomiso para el año fiscal anterior;(b) una relación completa y detallada de todos sus contratos y transacciones durante el año fiscal a que corresponda el informe;(c) información completa de la situación y progreso de sus actividades, hasta la fecha de su último informe, y(d) el plan de trabajo del Fideicomiso para el año fiscal siguiente.
(a) Un estado financiero auditado por contadores públicos autorizados reconocidos, y un informe completo de las actividades del Fideicomiso para el año fiscal anterior;
(b) una relación completa y detallada de todos sus contratos y transacciones durante el año fiscal a que corresponda el informe;
(c) información completa de la situación y progreso de sus actividades, hasta la fecha de su último informe, y
(d) el plan de trabajo del Fideicomiso para el año fiscal siguiente.