A menos que expresamente se disponga lo contrario, el estándar de prueba que se requiere en cualquier procedimiento bajo este capítulo es preponderancia de la prueba.
13 L.P.R.A. § 111d, under Ley para Ponerle Fin a la Quiebra de Puerto Rico.
13 L.P.R.A. § 111d
A menos que expresamente se disponga lo contrario, el estándar de prueba que se requiere en cualquier procedimiento bajo este capítulo es preponderancia de la prueba.