Aplicabilidad de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico

13 L.P.R.A. § 111p, under Ley para Ponerle Fin a la Quiebra de Puerto Rico.

13 L.P.R.A. § 111p

En la medida en que no sea inconsistente con este capítulo, las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico serán aplicables a cualquier procedimiento bajo las secs. 112 a 112f de este título o las secs. 113 a 113nn de este título.