(a) A discreción de la Sala Especializada o del Tribunal Supremo, a cualquier entidad se le puede ordenar prestar fianza por la cantidad que determine la Sala Especializada o el Tribunal Supremo cuando-(a) Dicha parte pretenda prohibir el cumplimiento con, o procedimientos conforme a, toda o parte de este capítulo, o(b) se apele una decisión de la Sala Especializada y se solicite la paralización de la decisión tomada bajo este capítulo.
(a) Dicha parte pretenda prohibir el cumplimiento con, o procedimientos conforme a, toda o parte de este capítulo, o
(b) se apele una decisión de la Sala Especializada y se solicite la paralización de la decisión tomada bajo este capítulo.