Gastos de emisión y venta

13 L.P.R.A. § 141h, under Ley para Ponerle Fin a la Quiebra de Puerto Rico.

13 L.P.R.A. § 141h

Se asigna del producto de cualquier emisión de bonos de refinanciamiento una cantidad que no excederá del dos por ciento (2%) del total de principal de tales bonos, para el pago de los gastos incurridos en relación con la emisión y venta de tales bonos de refinanciamiento.