En los casos en que se violen las disposiciones de este capítulo o de los reglamentos que bajo el mismo se promulguen, el Secretario de Hacienda podrá optar entre imponer una multa administrativa o radicar una denuncia contra el infractor.
13 L.P.R.A. § 176, under Número de Cuenta para Contribuyentes.
13 L.P.R.A. § 176
En los casos en que se violen las disposiciones de este capítulo o de los reglamentos que bajo el mismo se promulguen, el Secretario de Hacienda podrá optar entre imponer una multa administrativa o radicar una denuncia contra el infractor.