El Secretario de Hacienda dictará las reglas y reglamentos que sean necesarios para llevar a cabo la administración y ejecución de este capítulo.
13 L.P.R.A. § 179, under Número de Cuenta para Contribuyentes.
13 L.P.R.A. § 179
El Secretario de Hacienda dictará las reglas y reglamentos que sean necesarios para llevar a cabo la administración y ejecución de este capítulo.