La Unidad Especializada tendrá la responsabilidad de cumplir con la labor establecida por este capítulo y el reglamento que el Secretario de Hacienda así promulgue.
13 L.P.R.A. § 20015, under Unidad Especializada del Impuesto de Ventas y Uso y del Cobro de Deudas Pendientes.
13 L.P.R.A. § 20015
La Unidad Especializada tendrá la responsabilidad de cumplir con la labor establecida por este capítulo y el reglamento que el Secretario de Hacienda así promulgue.