Informe

13 L.P.R.A. § 20017, under Unidad Especializada del Impuesto de Ventas y Uso y del Cobro de Deudas Pendientes.

13 L.P.R.A. § 20017

(a) La Unidad Especializada del Impuesto de Ventas y Uso y del Cobro de Deudas Pendientes, rendirá un informe trimestral, el cual incluirá:(a) Cantidad recaudada a nivel Isla, por distrito y por municipio;(b) comparación con recaudos de años anteriores;(c) comparación de recaudo entre pequeño y mediano negocio, cadenas de negocio y compañías;(d) boletín de los recursos empleados, así como hallazgos y sugerencias, y(e) cualquier otra información que estime necesaria.

(a) Cantidad recaudada a nivel Isla, por distrito y por municipio;

(b) comparación con recaudos de años anteriores;

(c) comparación de recaudo entre pequeño y mediano negocio, cadenas de negocio y compañías;

(d) boletín de los recursos empleados, así como hallazgos y sugerencias, y

(e) cualquier otra información que estime necesaria.