Contribución sobre enriquecimiento injusto

13 L.P.R.A. § 2235, under Contribución sobre Enriquecimiento Injusto por Reintegro de Arbitrios a Contribuyentes.

13 L.P.R.A. § 2235

Se impondrá, cobrará y pagará, en adición a cualquier otra contribución sobre ingresos vigente, una contribución igual al ochenta por ciento (80%) sobre el enriquecimiento injusto obtenido por todo contribuyente. Disponiéndose, que no se impondrá esta contribución en aquellos casos en que el montante de la contribución cuyo reintegro se solicite ascienda a menos de cincuenta (50) dólares.