Administración; reglamentación

13 L.P.R.A. § 2243, under Contribución sobre Enriquecimiento Injusto por Reintegro de Arbitrios a Contribuyentes.

13 L.P.R.A. § 2243

La administración inmediata de este capítulo queda por la presente encomendada a los Negociados de Arbitrios Generales y Bebidas Alcohólicas y Narcóticas del Departamento de Hacienda, dependiendo de si la reclamación afecta los recaudos de uno u otro negociado, los cuales negociados dictarán, con la aprobación del Secretario de Hacienda, aquellos reglamentos que fueren necesarios para la ejecución del mismo.