Facultad para adoptar reglas y reglamentos

13 L.P.R.A. § 2251h, under Certificados de Depósito al Portador.

13 L.P.R.A. § 2251h

Se autoriza al Secretario a adoptar las reglas y reglamentos que estime convenientes y necesarios para poner en vigor las disposiciones de este capítulo. Además, se faculta al Secretario para formalizar acuerdos por escrito con las instituciones financieras en lo relativo a la responsabilidad civil en que éstas pudieran incurrir en la aplicación de este capítulo.