(a) Entidad conducto.— (1) Toda entidad conducto que elija revertir su elección para tributar como corporación se tratará como si al último día de su último año contributivo como entidad conducto, hubiera aportado todos sus activos y pasivos a una nueva corporación aplicando las reglas de la sec. 30144(b)(5) de este título, e inmediatamente después, la entidad conducto se liquida distribuyendo las acciones de la “nueva corporación” a sus socios bajo la sec. 30351 de este título.(2) Para propósitos de contribución sobre ingreso, toda entidad conducto que elija cambiar su elección para tributar a entidad ignorada se tratará como si al último día de su año contributivo como entidad conducto, hubiera distribuido todos sus activos y pasivos a su dueño en una liquidación sujeta a la sec. 30351 de este título.
(1) Toda entidad conducto que elija revertir su elección para tributar como corporación se tratará como si al último día de su último año contributivo como entidad conducto, hubiera aportado todos sus activos y pasivos a una nueva corporación aplicando las reglas de la sec. 30144(b)(5) de este título, e inmediatamente después, la entidad conducto se liquida distribuyendo las acciones de la “nueva corporación” a sus socios bajo la sec. 30351 de este título.
(2) Para propósitos de contribución sobre ingreso, toda entidad conducto que elija cambiar su elección para tributar a entidad ignorada se tratará como si al último día de su año contributivo como entidad conducto, hubiera distribuido todos sus activos y pasivos a su dueño en una liquidación sujeta a la sec. 30351 de este título.
(b) Corporación.— (1) Toda entidad que tribute como corporación y elija cambiar su elección para tributar como entidad conducto se considerará que, al último día de dicho año, transfirió sus activos y pasivos a sus socios o miembros, según sea el caso, en liquidación en una transacción, sujeta a las disposiciones de la sec. 30144(q) de este título e inmediatamente después, los dueños, según sea el caso, contribuyeron los activos y pasivos distribuidos a una nueva entidad conducto en una transacción sujeta a las disposiciones de la sec. 30341 de este título.(2) Toda entidad que tribute como corporación y elija cambiar su elección para tributar como entidad ignorada se considerará que, al último día de dicho año, transfirió sus activos y pasivos a su dueño en liquidación en una transacción, sujeta a las disposiciones de la 30144(q) de este título.
(1) Toda entidad que tribute como corporación y elija cambiar su elección para tributar como entidad conducto se considerará que, al último día de dicho año, transfirió sus activos y pasivos a sus socios o miembros, según sea el caso, en liquidación en una transacción, sujeta a las disposiciones de la sec. 30144(q) de este título e inmediatamente después, los dueños, según sea el caso, contribuyeron los activos y pasivos distribuidos a una nueva entidad conducto en una transacción sujeta a las disposiciones de la sec. 30341 de este título.
(2) Toda entidad que tribute como corporación y elija cambiar su elección para tributar como entidad ignorada se considerará que, al último día de dicho año, transfirió sus activos y pasivos a su dueño en liquidación en una transacción, sujeta a las disposiciones de la 30144(q) de este título.
(c) Entidad ignorada.— (1) Toda compañía de responsabilidad limitada con una elección de entidad ignorada que elija cambiar su elección para tributar como entidad conducto se tratará como si al primer día del año contributivo en que aplique el cambio, el dueño aportó todos los activos y pasivos de la compañía de responsabilidad limitada a una nueva entidad conducto en una transacción sujeta a las disposiciones de la sec. 30341 de este título.(2) Toda compañía de responsabilidad limitada con una elección de entidad ignorada que elija cambiar su elección para tributar como corporación se tratará como si al primer día del año contributivo en que aplique el cambio, el dueño aportó todos los activos y pasivos de la compañía de responsabilidad limitada a una nueva corporación en una transacción sujeta a las disposiciones de la sec. 30144(b)(5) de este título.
(1) Toda compañía de responsabilidad limitada con una elección de entidad ignorada que elija cambiar su elección para tributar como entidad conducto se tratará como si al primer día del año contributivo en que aplique el cambio, el dueño aportó todos los activos y pasivos de la compañía de responsabilidad limitada a una nueva entidad conducto en una transacción sujeta a las disposiciones de la sec. 30341 de este título.
(2) Toda compañía de responsabilidad limitada con una elección de entidad ignorada que elija cambiar su elección para tributar como corporación se tratará como si al primer día del año contributivo en que aplique el cambio, el dueño aportó todos los activos y pasivos de la compañía de responsabilidad limitada a una nueva corporación en una transacción sujeta a las disposiciones de la sec. 30144(b)(5) de este título.
(d) Todo cambio en tributación bajo los incisos (a), (b) y (c) cuya fecha de efectividad no sea el último día del año contributivo del contribuyente, estará sujeto a las reglas aplicables a planillas por un periodo menor de doce meses, incluyendo la sec. 30264 de este título.