El beneficio de la deducción por pérdida neta en operaciones admitida por la sec. 30104(a)(11) de este título será concedido a las sucesiones y a los fideicomisos bajo reglamentos promulgados por el Secretario.
13 L.P.R.A. § 30418, under Fideicomisos y Sucesiones.
13 L.P.R.A. § 30418
El beneficio de la deducción por pérdida neta en operaciones admitida por la sec. 30104(a)(11) de este título será concedido a las sucesiones y a los fideicomisos bajo reglamentos promulgados por el Secretario.