Tratamiento de sociedades extranjeras; tributación de socios

13 L.P.R.A. § 30451, under Contribuyentes Extranjeros.

13 L.P.R.A. § 30451

(a) En el caso de sociedades extranjeras que estén dedicadas a industria o negocio en Puerto Rico, se entenderá que el socio está dedicado a industria o negocio en Puerto Rico en su participación distribuible de dicha sociedad.

(b) La sociedad extranjera estará sujeta:(1) A las disposiciones de las secs. 30321 et seq. de este título relacionadas a la determinación de la participación distribuible del socio en los ingresos y gastos de la sociedad,(2) la sec. 30245 de este título, relacionada con requisito de pago estimado de la contribución sobre ingresos atribuibles a la participación distribuible de un socio en una sociedad,(3) la sec. 30243 de este título, relacionada con el requisito de planillas de sociedades e informativa a los socios.

(1) A las disposiciones de las secs. 30321 et seq. de este título relacionadas a la determinación de la participación distribuible del socio en los ingresos y gastos de la sociedad,

(2) la sec. 30245 de este título, relacionada con requisito de pago estimado de la contribución sobre ingresos atribuibles a la participación distribuible de un socio en una sociedad,

(3) la sec. 30243 de este título, relacionada con el requisito de planillas de sociedades e informativa a los socios.