Servidumbres de conservación

13 L.P.R.A. § 30615, under Otros Contribuyentes Especiales.

13 L.P.R.A. § 30615

Beneficio contributivo servidumbres de conservación.—Los beneficios contributivos recibidos bajo las secs. 785 et seq. del Título 12, conocidas como la “Ley de Servidumbre de Conservación de Puerto Rico”.