Agencias para la venta de sellos de rentas internas

13 L.P.R.A. § 311, under Exenciones Contributivas.

13 L.P.R.A. § 311

Por la presente se autoriza al Secretario de Hacienda de Puerto Rico a designar agentes para la venta de los sellos de rentas internas y de aquellos otros valores o comprobantes que el Secretario de Hacienda vende por disposición de ley, que a su juicio, las necesidades del público requieran.