Registro e informes

13 L.P.R.A. § 32523, under Almacén de Adeudo.

13 L.P.R.A. § 32523

En el libro de existencias y movimiento, se anotarán, en la forma que establezca el Secretario, todos los productos almacenados, y se radicarán con el Secretario los informes que él requiera sobre las operaciones de los almacenes de adeudo.