Licencias para traficantes al detalle en sitio fijo

13 L.P.R.A. § 32560, under Licencias.

13 L.P.R.A. § 32560

Las licencias de traficantes al detalle de las categorías A, B y C se expedirán solamente para establecimientos en edificios o estructuras permanentes. Esta limitación no aplicará a embarcaciones marítimas con itinerario fijo mediante franquicia, dedicadas a la transportación de pasajeros por puertos, lagos y ríos en Puerto Rico.