Por disponer o permitir que se disponga de propiedad incluida o incluible en el caudal relicto bruto

13 L.P.R.A. § 33172, under Disposiciones Especiales.

13 L.P.R.A. § 33172

Toda persona que en violación de cualquier disposición de las secs. 31001 et seq. de este título, voluntariamente dispusiere o permitiere que se disponga de cualquier propiedad incluida o incluible en el caudal relicto bruto de un causante, además de otras penalidades dispuestas en esta parte, incurrirá en delito grave.