Definiciones

13 L.P.R.A. § 33253, under Facultades del Secretario.

13 L.P.R.A. § 33253

(a) Agencia emisora.— A los efectos de la implementación y operación del Portal Interagencial de Fiscalización de la Responsabilidad Contributiva del Individuo y las Corporaciones, las siguientes palabras tendrán el significado que a continuación se expresa:(a) Agencia emisora.— Significa toda agencia, dependencia o instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o subdivisión de ésta, municipio o corporación pública que posee o procese cualquier tipo de información, por virtud de su ley orgánica u otra ley especial, de individuos o corporaciones según descrita a continuación.Sin que se entienda como una limitación a otras entidades que cumplan con la definición aquí establecida, para efectos del Portal se consideran agencias emisoras las siguientes: el Departamento de Hacienda; el Registro de la Propiedad; el Departamento de Estado; el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales; el Departamento de Transportación y Obras Públicas; la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras; el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales y los municipios.(b) Individuo o Corporación.— Significa cualquier persona natural o jurídica.(c) Portal.— Significa el Portal Interagencial de Fiscalización de la Responsabilidad Contributiva del Individuo y las Corporaciones. El Portal podrá formar parte del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI) del Departamento de Hacienda.

(a) Agencia emisora.— Significa toda agencia, dependencia o instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o subdivisión de ésta, municipio o corporación pública que posee o procese cualquier tipo de información, por virtud de su ley orgánica u otra ley especial, de individuos o corporaciones según descrita a continuación.

Sin que se entienda como una limitación a otras entidades que cumplan con la definición aquí establecida, para efectos del Portal se consideran agencias emisoras las siguientes: el Departamento de Hacienda; el Registro de la Propiedad; el Departamento de Estado; el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales; el Departamento de Transportación y Obras Públicas; la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras; el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales y los municipios.

(b) Individuo o Corporación.— Significa cualquier persona natural o jurídica.

(c) Portal.— Significa el Portal Interagencial de Fiscalización de la Responsabilidad Contributiva del Individuo y las Corporaciones. El Portal podrá formar parte del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI) del Departamento de Hacienda.