Programas para jóvenes, internados estudiantiles, empresarismo y primeras experiencias de empleo para jóvenes

13 L.P.R.A. § 45171, under Individuos.

13 L.P.R.A. § 45171

(a) Será política pública del Gobierno de Puerto Rico desarrollar y promover programas, iniciativas, internados y primeras experiencias de empleo para jóvenes, así como iniciativas que promuevan la creación de microempresas o el desarrollo, autosustento y cultura emprendedora en nuestros jóvenes, que no se circunscriban a la enseñanza formal en el aula. A través de estos programas, se brindará a los Jóvenes experiencias de desarrollo que propulsen una cultura de emprendimiento e innovación que permitan que los jóvenes se inserten en el mercado laboral con las mejores destrezas y/o tengan el apoyo suficiente para convertirse en nuevos empresarios.Para propósitos de esta sección, el término “jóvenes” significa todo individuo residente de Puerto Rico que se encuentre entre los trece (13) y veintinueve (29) años de edad.

Para propósitos de esta sección, el término “jóvenes” significa todo individuo residente de Puerto Rico que se encuentre entre los trece (13) y veintinueve (29) años de edad.

(b) Mediante estos programas, se espera que los jóvenes puedan adquirir experiencias, conocimientos, destrezas educativas e insertarse como parte de una cultura emprendedora y abierta al empresarismo, que le permitan el máximo desarrollo y desempeño profesional y social, así como asegurar su bienestar socioeconómico, y promover el desarrollo y el logro de sus aspiraciones como ciudadanos puertorriqueños.El Secretario del DDEC establecerá mediante el reglamento de incentivos los criterios y requisitos aplicables a las solicitudes de internado; Disponiéndose que los participantes serán estudiantes de nivel técnico, vocacional, subgraduado, graduado o post-graduado que hayan completado al menos un semestre académico conducente al grado correspondiente, y se encuentren matriculados en instituciones debidamente acreditadas. De la misma forma, el Secretario del DDEC establecerá mediante el reglamento de incentivos los criterios y requisitos aplicables a primeras experiencias de empleo y otras iniciativas que promuevan el empresarismo, una cultura emprendedora y la innovación, así como su alcance y funcionamiento.

El Secretario del DDEC establecerá mediante el reglamento de incentivos los criterios y requisitos aplicables a las solicitudes de internado; Disponiéndose que los participantes serán estudiantes de nivel técnico, vocacional, subgraduado, graduado o post-graduado que hayan completado al menos un semestre académico conducente al grado correspondiente, y se encuentren matriculados en instituciones debidamente acreditadas. De la misma forma, el Secretario del DDEC establecerá mediante el reglamento de incentivos los criterios y requisitos aplicables a primeras experiencias de empleo y otras iniciativas que promuevan el empresarismo, una cultura emprendedora y la innovación, así como su alcance y funcionamiento.

(d) Los fondos para el programa descrito en esta sección provendrán del Fondo de Incentivos Económicos.