Revisión administrativa

13 L.P.R.A. § 48505, under Disposiciones Administrativas de Carácter General.

13 L.P.R.A. § 48505

(a) El Secretario del DDEC podrá celebrar vistas públicas o administrativas para cumplir con los deberes y obligaciones que este Código le impone, tales como:(1) El proceso de revisión, de suspensión o revocación de una concesión según se dispone más adelante en este Código; y(2) La revisión de multas establecidas conforme a este Código y leyes de incentivos anteriores.

(1) El proceso de revisión, de suspensión o revocación de una concesión según se dispone más adelante en este Código; y

(2) La revisión de multas establecidas conforme a este Código y leyes de incentivos anteriores.