Solamente se considerarán como depositados para fines de envejecimiento aquellos productos respecto a cuyo depósito tenga el Secretario de Hacienda control en todo tiempo y puedan ser identificados por éste en cualquier momento.
13 L.P.R.A. § 566, under Exenciones de Contribuciones sobre la Propiedad.
13 L.P.R.A. § 566
Solamente se considerarán como depositados para fines de envejecimiento aquellos productos respecto a cuyo depósito tenga el Secretario de Hacienda control en todo tiempo y puedan ser identificados por éste en cualquier momento.