Junta de Fiduciarios—Votaciones

15 L.P.R.A. § 1162, under Fondo Permanente para la Administración, Operación y Desarrollo de Bienes Destinados al Movimiento Olímpico de Puerto Rico.

15 L.P.R.A. § 1162

El Presidente de la Junta tendrá voz pero no voto en los asuntos y decisiones que tome la Junta, sin embargo, cuando ocurra un empate en las votaciones, el Presidente podrá emitir un voto para resolver el empate, pero luego de convocar una segunda votación donde prevalezca el empate.