Boletos de admisión a espectáculos deportivos—Cooperación del Jefe de la Policía

15 L.P.R.A. § 19, under Departamento de Recreación y Deportes.

15 L.P.R.A. § 19

Por la presente se ordena al Jefe de la Policía de Puerto Rico a dar su cooperación al Secretario de Hacienda, o a sus agentes en la instrumentación de las secs. 15 a 20 de este título, según la reglamentación que éste promulgue.