Las secs. 198 a 198aa de este título se conocerán como “Ley de la Industria y el Deporte Hípico de Puerto Rico”.
15 L.P.R.A. § 198, under Carreras de Caballos.
15 L.P.R.A. § 198
Las secs. 198 a 198aa de este título se conocerán como “Ley de la Industria y el Deporte Hípico de Puerto Rico”.