Se designa el Parque Recreativo y Pasivo de las Urbanizaciones San Antonio y San José de Ponce con el nombre de Padre Santiago Guerra.
15 L.P.R.A. § 57, under Parques.
15 L.P.R.A. § 57
Se designa el Parque Recreativo y Pasivo de las Urbanizaciones San Antonio y San José de Ponce con el nombre de Padre Santiago Guerra.