Deberes del atleta a tiempo completo

15 L.P.R.A. § 573b, under Desarrollo de Atleta Puertorriqueño.

15 L.P.R.A. § 573b

(a) Todos los atletas de alto rendimiento a tiempo completo que reciban ayuda económica del Fondo tendrán, sin que se entienda como una limitación, los siguientes deberes:(a) Mantener una conducta atlética y ética; antes, durante y después de su acuartelamiento y/o competencia.(b) Representar dignamente a Puerto Rico en todos los eventos.

(a) Mantener una conducta atlética y ética; antes, durante y después de su acuartelamiento y/o competencia.

(b) Representar dignamente a Puerto Rico en todos los eventos.