Prohibición de cobrar cuotas o inscripciones

15 L.P.R.A. § 661, under Organizaciones Deportivas que Hagan Uso Gratuito de Facilidades Públicas.

15 L.P.R.A. § 661

Se dispone que las organizaciones deportivas que hagan uso gratuito de facilidades públicas, sean tanto estatales como municipales, estarán impedidas de cobrar cuotas o inscripciones a participantes pobres o de escasos recursos económicos por las actividades deportivas realizadas dentro de dichas facilidades públicas que son cedidas gratuitamente.