Máquinas de juegos de azar—Identificación de máquinas

15 L.P.R.A. § 84n, under Juegos de Azar.

15 L.P.R.A. § 84n

(1) Toda máquina de juegos de azar autorizada tendrá las siguientes características de identificación:(1) El certificado de licencia emitido por la Comisión; y(2) Un marbete de impreso permanente con tecnología electromagnética, RFID, por sus siglas en inglés, estampado y fijado visiblemente en la parte izquierda de la pantalla del gabinete de la máquina. El mismo será asignado y fijado por la Comisión a cada máquina de juegos de azar aprobada.

(1) El certificado de licencia emitido por la Comisión; y

(2) Un marbete de impreso permanente con tecnología electromagnética, RFID, por sus siglas en inglés, estampado y fijado visiblemente en la parte izquierda de la pantalla del gabinete de la máquina. El mismo será asignado y fijado por la Comisión a cada máquina de juegos de azar aprobada.