Facilidades y servicios

15 L.P.R.A. § 905, under Parque Nacional de la Zona Cárstica del Río Tanamá.

15 L.P.R.A. § 905

El Secretario de Recreación y Deportes proveerá las facilidades y servicios necesarios para que la Junta de Fiduciarios pueda llevar a cabo sus propósitos y funciones conforme se establecen en este capítulo. Los miembros de la Junta realizaran sus labores “ad honorem”, como un servicio público, incluyendo la evaluación y otorgación o rechazo de peticiones de ayuda que sometan ex boxeadores elegibles.