Disposiciones transitorias

15 L.P.R.A. § 928, under Parque Nacional de la Zona Cárstica del Río Tanamá.

15 L.P.R.A. § 928

Todo pista que ya esté operando tendrá seis (6) meses, luego de la aprobación de esta ley, para gestionar y obtener su licencia de establecimiento.

Toda persona que participe como conductor en carreras de vehículos de motor tendrá tres (3) meses, luego de la aprobación de esta ley, para gestionar y obtener su licencia de piloto.