Cláusula de inmunidad

15 L.P.R.A. § 964, under Parque Nacional de la Zona Cárstica del Río Tanamá.

15 L.P.R.A. § 964

Los funcionarios y empleados del Departamento no podrán ser incursos en responsabilidad civil, criminal o administrativa por el desempeño bonafide de sus funciones en el cumplimiento de las disposiciones de este capítulo, salvo que medie negligencia crasa en el desempeño de sus funciones, omisión intencional o la comisión de algún delito.