Exención de los juegos de azar y aplicablidad de las disposiciones de la ley de la Comisión de Juegos

15 L.P.R.A. § 984d, under Ley de la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico.

15 L.P.R.A. § 984d

Los Concursos de Fantasía ofrecidos conforme a este capítulo quedan exentos de las disposiciones de las secs. 71 et seq. de este título, conocidas como “Ley de Juegos de Azar”. De igual forma, todas las disposiciones generales de la Ley de la Comisión de Juegos serán de aplicación a los concursos de fantasía regulados en este subcapítulo, siempre que no vayan en contravención con estas disposiciones específicas.