Normas de interpretación

15 L.P.R.A. § 988k, under Ley del Distrito Deportivo Roberto Clemente.

15 L.P.R.A. § 988k

Las disposiciones de este capítulo no podrán ser interpretadas de forma que resulten inconsistentes con los derechos reconocidos por la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o la Constitución de los Estados Unidos de América, y la jurisprudencia interpretativa. Ninguna disposición de este capítulo se entenderá que modifica, altera o invalida cualquier acuerdo, convenio o contrato que se haya otorgado en virtud del estado de derecho anterior y que esté vigente al entrar en vigor esta Ley.