Reglamentación

15 L.P.R.A. § 990c, under Ley del Programa de Internado Deportivo José “Fufi” Santori Coll.

15 L.P.R.A. § 990c

(a) El Secretario(a) del Departamento promulgará la reglamentación necesaria para viabilizar lo establecido por este capítulo. Dentro de la normativa reglamentaria deberá incluir lo siguiente:(a) Los requisitos de horas de trabajo y calendario del Internado.(b) Código de Conducta de los(las) internos(as).(c) El Departamento divulgará la fecha estipulada la convocatoria y reclutamiento del Internado.(d) El Internado Deportivo José “Fufi” Santori Coll tendrá una duración de uno (1) o dos (2) términos académicos a ser determinado por el(la) Secretario(a) junto a la institución universitaria conforme la necesidad y el alcance del internado.(e) El Departamento especificará las instalaciones en los que se distribuirán los(las) internos(as) para la ejecución de las labores, tomando en consideración el lugar de residencia u hospedaje de los(las) internos(as). Se utilizarán como instalaciones, entre otras, la Oficina de Alto Rendimiento, Oficina del Secretario(a), Instituto Puertorriqueño para el Desarrollo del Deporte y la Recreación de Atletas, Comisión de Seguridad, Comisión de Deportes Profesionales y demás oficinas administrativas.(f) El Departamento en acuerdo con las instituciones universitarias participantes del Internado Deportivo José “Fufi” Santori Coll determinarán la cantidad de estudiantes a ser elegidos, la duración del internado, pasantía o experiencia de investigación, el número de horas a cumplir semanalmente, si el horario será establecido o flexible y si la modalidad de la labor será presencial, remota o híbrida.

(a) Los requisitos de horas de trabajo y calendario del Internado.

(b) Código de Conducta de los(las) internos(as).

(c) El Departamento divulgará la fecha estipulada la convocatoria y reclutamiento del Internado.

(d) El Internado Deportivo José “Fufi” Santori Coll tendrá una duración de uno (1) o dos (2) términos académicos a ser determinado por el(la) Secretario(a) junto a la institución universitaria conforme la necesidad y el alcance del internado.

(e) El Departamento especificará las instalaciones en los que se distribuirán los(las) internos(as) para la ejecución de las labores, tomando en consideración el lugar de residencia u hospedaje de los(las) internos(as). Se utilizarán como instalaciones, entre otras, la Oficina de Alto Rendimiento, Oficina del Secretario(a), Instituto Puertorriqueño para el Desarrollo del Deporte y la Recreación de Atletas, Comisión de Seguridad, Comisión de Deportes Profesionales y demás oficinas administrativas.

(f) El Departamento en acuerdo con las instituciones universitarias participantes del Internado Deportivo José “Fufi” Santori Coll determinarán la cantidad de estudiantes a ser elegidos, la duración del internado, pasantía o experiencia de investigación, el número de horas a cumplir semanalmente, si el horario será establecido o flexible y si la modalidad de la labor será presencial, remota o híbrida.