Declaración de política pública

15 L.P.R.A. § 992a, under Ley para la Prevención y Protección Contra el Acoso y Hostigamiento Sexual en el Deporte en Puerto Rico.

15 L.P.R.A. § 992a

Será política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico reafirmar su compromiso en fomentar la sana convivencia deportiva y su postura contra el acoso y el hostigamiento sexual, mediante la creación de políticas públicas que garanticen la seguridad de quienes participen de actividades deportivas.