Cambio de nombre o insignia

16 L.P.R.A. § 4602, under Partidos Políticos.

16 L.P.R.A. § 4602

Cualquier partido político que quisiera cambiar su nombre o insignia podrá hacerlo mediante una certificación de su organismo directivo central que se presentará ante la Comisión, sin que por esto tal partido político pierda los derechos y privilegios que este subtítulo le hubiere concedido, o que hubiere adquirido, mientras utilizaba su anterior nombre o insignia.