Empate en el resultado de la votación en primarias

16 L.P.R.A. § 4632, under Candidaturas y Primarias.

16 L.P.R.A. § 4632

Si completado el escrutinio general de una primaria surgiera un empate en la votación de aspirantes para un mismo cargo público electivo, la Comisión de Primarias correspondiente ordenará y fijará la fecha en que se realizará la segunda primaria para esa nominación empatada. Esta segunda primaria, deberá realizarse no más tarde de los treinta (30) días posteriores a la certificación final del resultado del recuento. En caso de un segundo empate, la nominación se adjudicará en sorteo público realizado por la Comisión de Primarias.