Convocatoria general

16 L.P.R.A. § 4702, under Procedimientos Anteriores a la Elección; Votación.

16 L.P.R.A. § 4702

La Comisión convocará mediante proclama, con no menos de sesenta (60) días de anticipación, la fecha en que habrá de realizarse una elección general. La proclama se publicará en por lo menos dos (2) periódicos de circulación general y en el portal cibernético de la Comisión. En el caso de cualquier otra votación autorizada por mandato legislativo, la proclama se anunciará conforme a los términos y las condiciones que se establezcan por este subtítulo, por cualquier otra ley habilitadora de una votación o por reglamento de la Comisión.