Juramento de los funcionarios electorales

16 L.P.R.A. § 4719, under Procedimientos Anteriores a la Elección; Votación.

16 L.P.R.A. § 4719

El juramento que deberá hacer por escrito todo Inspector, Secretario, Ayudante, Observador o cualquier tipo de funcionario electoral antes de comenzar sus funciones en la Junta de Unidad Electoral o en el Colegio de Votación será el siguiente:“Juro (o Declaro), solemnemente, que desempeñaré fiel y honestamente los deberes del cargo de para el que he sido nombrado(a) en el Colegio de Votación de la Unidad Electoral del Precinto por el Partido o por el Candidato(a) Independiente ; y que no hay en cuanto a mi aceptación de este cargo las incompatibilidades dispuestas en el Código Electoral de Puerto Rico de 2020 que no soy Aspirante o Candidato para ningún cargo público electivo en el presente evento electoral; que soy elector inscrito, activo y hábil del municipio de con número electoral ; y que cumpliré con los deberes de este cargo conforme a las disposiciones del Código Electoral de Puerto Rico de 2020, sus reglamentos y las determinaciones que bajo estos sean aprobadas por la Comisión Estatal de Elecciones.DeclaranteJurado y suscrito ante mí hoy de de 20 en , Puerto Rico.Funcionario que toma juramento”Este juramento podrá ser hecho ante cualquier funcionario autorizado por la Comisión o funcionario autorizado por ley para tomar juramentos en Puerto Rico.

“Juro (o Declaro), solemnemente, que desempeñaré fiel y honestamente los deberes del cargo de para el que he sido nombrado(a) en el Colegio de Votación de la Unidad Electoral del Precinto por el Partido o por el Candidato(a) Independiente ; y que no hay en cuanto a mi aceptación de este cargo las incompatibilidades dispuestas en el Código Electoral de Puerto Rico de 2020 que no soy Aspirante o Candidato para ningún cargo público electivo en el presente evento electoral; que soy elector inscrito, activo y hábil del municipio de con número electoral ; y que cumpliré con los deberes de este cargo conforme a las disposiciones del Código Electoral de Puerto Rico de 2020, sus reglamentos y las determinaciones que bajo estos sean aprobadas por la Comisión Estatal de Elecciones.DeclaranteJurado y suscrito ante mí hoy de de 20 en , Puerto Rico.Funcionario que toma juramento”

Este juramento podrá ser hecho ante cualquier funcionario autorizado por la Comisión o funcionario autorizado por ley para tomar juramentos en Puerto Rico.