Protección a candidatos a Gobernador y Comisionado Residente

16 L.P.R.A. § 4742, under Procedimientos Anteriores a la Elección; Votación.

16 L.P.R.A. § 4742

Se ordena al Negociado de la Policía de Puerto Rico a proveer protección a los candidatos a Gobernador y a Comisionado Residente, desde el momento en que estos figuren oficialmente como candidatos en unas elecciones generales; y hasta que se certifiquen los resultados finales.