Derecho de los ciudadanos americanos de Puerto Rico a determinar su futuro estatus político

16 L.P.R.A. § 4791, under Referéndum-Consulta-Plebiscito.

16 L.P.R.A. § 4791

La expresión democrática de los ciudadanos americanos de Puerto Rico a través del voto, constituye una de las máximas prioridades de política pública de nuestra Constitución y nuestro Gobierno.

Al aprobar la Ley Pública 114-187, 2016, “Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act” (PROMESA), el Congreso y el Presidente de Estados Unidos de América han reconocido el derecho a esa expresión democrática y, específicamente, para la determinación del estatus político futuro de Puerto Rico.

“Section 402. Right of Puerto Rico to determine its future political status - ''Nothing in this Act shall be interpreted to restrict Puerto Rico’s right to determine its future political status, including conducting the plebiscite as authorized by Public Law 113-76, 2014.”

Por lo tanto, cualesquiera recursos que sean asignados a la Comisión, o aquellos que esta posee y que sean utilizados para cumplir el propósito de que el pueblo de Puerto Rico ejerza su derecho para determinar su estatus político futuro, quedarán exentos de la jurisdicción, consideración, evaluación o determinación de la Junta de Supervisión Fiscal federal creada por esa ley federal.