Estudios o investigaciones

16 L.P.R.A. § 622j, under Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico.

16 L.P.R.A. § 622j

La Oficina del Contralor Electoral podrá llevar a cabo los estudios o investigaciones que estime apropiados y, a tales fines, podrá requerir la información que sea necesaria o pertinente para lograr tales propósitos y aprobar aquellas reglas y reglamentos necesarios y razonables para esta función.