La Oficina del Contralor Electoral promulgará un reglamento para implantar los términos y condiciones bajo los cuales podrán arrendarse bienes inmuebles, vehículos de motor, naves o aeronaves, de conformidad con lo expuesto en este subcapítulo.
16 L.P.R.A. § 625q, under Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico.
16 L.P.R.A. § 625q
La Oficina del Contralor Electoral promulgará un reglamento para implantar los términos y condiciones bajo los cuales podrán arrendarse bienes inmuebles, vehículos de motor, naves o aeronaves, de conformidad con lo expuesto en este subcapítulo.