Revisión judicial

16 L.P.R.A. § 972q, under Ley de Elecciones Presidenciales en Puerto Rico de 2000.

16 L.P.R.A. § 972q

Todo tipo de revisión judicial relacionada con la celebración de las consultas se regirá por las disposiciones establecidas en el Código Electoral y por la Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico, según aplique.