La regulación de la apertura de locales de propaganda se regirá conforme a los Artículos 7.005, 12.002, 12.004 del Código Electoral.
16 L.P.R.A. § 973l, under Ley Habilitadora del Referéndum sobre la Reforma Legislativa de 2012.
16 L.P.R.A. § 973l
La regulación de la apertura de locales de propaganda se regirá conforme a los Artículos 7.005, 12.002, 12.004 del Código Electoral.