Voto ausente o adelantado

16 L.P.R.A. § 974d, under Ley Habilitadora del Referéndum de Enmienda Constitucional sobre la Fianza.

16 L.P.R.A. § 974d

Los electores que, según las secs. 4001 et seq. de este título (en adelante el Código Electoral), tienen derecho al voto ausente o a voto adelantado, podrán ejercer este derecho conforme a los procesos adoptados por la Comisión Estatal de Elecciones para las elecciones generales de 2012.