Conservación de papeletas y actas

16 L.P.R.A. § 974j, under Ley Habilitadora del Referéndum de Enmienda Constitucional sobre la Fianza.

16 L.P.R.A. § 974j

La Comisión Estatal de Elecciones conservará todas las papeletas y actas de escrutinio correspondientes al referéndum por un término no menor de noventa (90) días a partir de la certificación de los resultados y los podrá destruir a partir de entonces, a menos que estuviere pendiente algún recurso judicial, en cuyo caso, se conservarán hasta que recaiga la decisión y ésta advenga final y firme.